Lesiones, homicidio y asesinato

delito

Las infracciones penales por LESIONES ocupan una buena parte de los procedimientos judiciales que se siguen en los Juzgados. Existen dos formas distintas de enjuiciar este tipo de asuntos, dependiendo de la gravedad de las lesiones, cuando existe intervención médica o quirúrgica se incoará procedimiento penal por delito, en caso contrario se trataría de un juicio de faltas.

El delito de lesiones tiene prevista una pena con carácter general de seis meses a tres años, aunque existen agravaciones por distintas circunstancias, cuando se utilizan armas, o hubiere ensañamiento o alevosía, si la víctima fuere menor de doce años , etc.

Además de la correspondientes penas señaladas el Código Penal para este tipo de infracciones, está previstas igualmente indemnizaciones que tienden a reparar el daño causado, por lo que la víctima podrá solicitar que se le indemnice económicamente en cuantías que dependerán de la gravedad de la lesión.

MG LEGAL después de su amplia trayectoria durante más de 25 años ha tramitado innumerables asuntos de este tipo, teniendo una contrastada experiencia en su defensa.

Estable el Código Penal en su artículo 138 que «El que matare a otro será castigado , como reo de HOMICIDIO con la pena de prisión de diez a quince años». Se trataría de ASESINATO , cuando concurren algunas de las siguientes circunstancias: alevosía, precio, recompensa o promesa , o con ensañamiento, entonces la pena prevista es de quince a veinte años.

El homicidio puede ser también imprudente, por imprudencia grave o simple. El más común de los homicidios imprudentes es el que se produce en accidentes de tráfico, pero también en accidentes laborales. También se producen cuando existe negligencia profesional. MG LEGAL dispone de un departamento específico para la defensa de en accidentes.

Sobre nosotros

En MG LEGAL ABOGADOS atenderemos su consulta en el momento, escuchando con atención su asunto, tratando de realizar la mejor defensa posible de sus intereses.

Recibirá puntual información cuando lo necesite, pudiendo en todo momento contactar con nosotros por cualquier medio. Le ofrecemos nuestros 30 años de experiencia a precios muy razonables.

Carlos Mejia, Abogado Fundador. Colegiado nº 26.603

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